Municipio

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Consejo de Sociedad Civil

Organismo de participación ciudadana de la Municipalidad de Santo Domingo –que reemplaza al Consejo Económico Social Comunal (CESCO)– y cuyo objetivo es asegurar la colaboración y participación de la comunidad local en el progreso económico, social y cultural de la comuna.

El Consejo Comunal de las Organizaciones de la Sociedad Civil será presidido por el Alcalde, desempeñándose como ministro de fe el Secretario Municipal. La Municipalidad deberá proporcionar los medios necesarios para el funcionamiento del Consejo. Asimismo, y a través del Alcalde, deberá entregar la información necesaria para que aquel pueda ejercer sus competencias.

Miembros COSOC período 2022-2025

Integrantes del Consejo

Modesta

Jeria Liberona

Junta de Vecinos Bucalemu

Jorge

Del Real Armas

Junta de Vecinos El Bosque

Germán

Correa Hidalgo

Junta de Vecinos El Convento

Carlos

Correa Álvarez

Junta de Vecinos El Vergel

Gabriel

Salinas San Martín

Junta de Vecinos Huasos Uno

Catherine

Ríos Reyes

Junta de Vecinos La Parroquia

José Luis

Salgado Villablanca

Junta de Vecinos Las Viñas

Pedro Luis

Gutiérrez Delgado

Junta de Vecinos Santa María del Mar

Jorge

Carreño Farías

Agrupación de Jardineros Santo Domingo

Alejandra Andrea

González González

Agrupación Turística de Santo Domingo

Luis Adelio

Gutiérrez Urrea

Comité de Seguridad Alto los Molles

Carmen Gloria

Rojas Bouey

Club de Adulto Mayor Intihuatana

Raúl

Bazan Ried

Corporación de Desarrollo de Rocas de Santo Domingo

Juan Francisco

Campino Bunster

Fundación Parque de la ciencia

Nicolás

Vicuña Fernández

Fundación Parque Tricao

Ricardo Antonio

Pardo Carrioli

Cámara de comercio detallista de la comuna de Santo Domingo. AG

Funciones del Consejo

  • Pronunciarse, en el mes de marzo de cada año, sobre la cuenta pública que el Alcalde efectúe de su gestión anual y de la marcha general de la Municipalidad, según lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades

  • Pronunciarse, en el mes de marzo de cada año, sobre la cobertura y eficiencia de los servicios municipales, y las materias que hayan sido establecidas por el Concejo

  • Formular, cuando corresponda, observaciones a los informes que el Alcalde le presentará sobre los presupuestos de inversión, plan comunal de desarrollo y modificaciones al plan regulador, disponiendo para ello de quince días hábiles contados desde la entrega de la información por parte de la autoridad edilicia.

  • Informar al Alcalde su opinión acerca de las propuestas de asignación o modificación de la denominación de los bienes municipales y nacionales de uso público que se encuentran bajo la administración de la Municipalidad

  • Solicitar al Concejo Municipal pronunciarse, a más tardar el 31 de marzo de cada año, sobre las materias de relevancia local que deben ser consultadas a la comunidad por intermedio del Consejo, como asimismo la forma en que se efectuará dicha consulta, informando de ello a la ciudadanía

  • Informar al Concejo Municipal cuando éste deba pronunciarse respecto de modificaciones al presente Reglamento

  • Solicitar al Alcalde, previa ratificación de los dos tercios de los concejales en ejercicio, la realización de un plebiscito comunal el cual deberá referirse a materias de administración local relativas a inversiones específicas de desarrollo comunal, a la aprobación o modificación del plan comunal de desarrollo, a la modificación del plan regulador o a otros asuntos de interés para la comunidad local

  • Interponer recurso de reclamación en contra de las resoluciones u omisiones ilegales de la Municipalidad, según las normas contempladas en el artículo 141 de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades

  • Elegir, de entre sus miembros, a su Vice Presidente, y Emitir su opinión sobre todas las materias que el Alcalde y el Concejo Municipal le sometan a su consideración

  • Reunirse por iniciativa del Presidente del Consejo o por 1/3 de los consejeros para estudiar o debatir materias generales de interés local y llevar su opinión a conocimiento del Alcalde y Concejales.

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